DEFINICIONES DE
OBLIGACIÓN JURÍDICA
Ya
desde el antiguo derecho romano se habían acuñado definiciones célebres acerca
de la obligación civil, como por ejemplo la clásica definición contenida en las
Institutas de Justiniano en donde se dice que "obligatio est iuris
vinculum, quo necessitate adstringimur alicuius solvendae rei secundum nostrae
civitatis iuria".
Es
decir, la obligación es un vínculo jurídico que nos constriñe en la necesidad
de pagar alguna cosa conforme a las leyes de nuestra ciudad. O la diversa
definición del jurisconsulto Paulo que la concibe como "obligationum substantia
non in eo consistit, ut aliquid corpus nostrum (aut dservitutem nostram) faciat,
sed ut alium nobis obstringat at danum aliquid, vel faciendum , vel prestandum".
Es decir, la esencia de la obligación no consiste en convertir algo en cosa o
servidumbre nuestra; sino en compeler a otro para darnos, hacernos o prestarnos
algo."
Ahora
bien, las anteriores definiciones y muchas otras elaboradas en épocas posteriores
tienen el defecto de que sólo hacen énfasis en uno o dos de los tres elementos
esenciales del concepto obligación, por ejemplo, diremos que la primera
definición citada caracteriza a la obligación civil por el vínculo jurídico que
enlaza a los sujetos de la misma; en tanto que Paulo se concentra únicamente en
el objeto de la obligación, o sea, en la conducta que asumirá el sujeto deudor,
para definir a la obligación.
En
ese tenor de ideas el maestro Borja Soriano, en su obra titulada "Teoría General
de las Obligaciones" después de citar varias definiciones logradas por diversos
doctrinarios, termina concluyendo que para lograr una definición cabal sobre la
obligación, no debemos fijar nuestra atención de manera especial sobre alguno
de los elementos que constituyen la naturaleza de la obligación, a saber: los
sujetos, el objeto y la relación jurídica, sino que tenemos que comprenderlos a
todos en una la definición, ya que cada uno de ellos forma parte de su esencia.
Por tanto, una definición completa de la obligación sería aquella que dentro de
su esencia.

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